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OBTENCION DE PERSONALIDAD JURIDICA PARA SINDICATOS, FEDERACIONES Y CONFEDERACIONES NUEVAS
Objetivos del Servicio
Facilitar la constitución de Organizaciones Sindicales
Entidad / Persona beneficiada
Trabajadoras y trabajadores tanto del sector privado como del sector público.
Procedimiento
Presentarse al Departamento Nacional de Organizaciones Sociales.
Emisor
Departamento Nacional de Organizaciones Sociales.
Número Telefónico
2529-3810 /
2529-3811Ubicación
Alameda Juan Pablo II y 17 Av. Norte. Edificio 2, Centro de Gobierno, San Salvador
Horario de Atención
De 7:30 a.m. a 15:30 p.m. (Sin cerrar al mediodía)
Base Legal
- Constitución de la República Art. 7
- Ley de Organización y Funciones del sector Trabajo y Previsión Social (Art.22 lit. b).
- Código de Trabajo (art.213 al 219).
- Ley del Servicio Civil (Art 78 al 84).
Requerimientos
- Solicitud de otorgamiento de personalidad Jurídica dirigida al titular de esta cartera de Estado.
- Certificación de acta de asamblea de fundación del sindicato en formación otorgada ante notario o delegados del MTPS, y firmada por cada una de las personas trabajadoras constituyentes del mismo.
- Dos ejemplares del proyecto de estatutos del sindicato en formación
- Copia simple del Documento Único de Identidad de los miembros constituyentes del mismo.
- Si es un sindicato en formación del sector público podrá acompañar la solicitud con la boleta o constancia laboral.
Tiempo de Respuesta
30 días hábiles.
Documentos a emitir
- Resolución final en la que se concede o deniega la personalidad jurídica
- Oficio para Director de Imprenta Nacional del Diario Oficial
- Ejemplar de estatutos sindicales