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Comite De Seguridad Ocupacional Delegados De Prevencion y Programa De Gestion De Riesgo

Conformación del Comité de Seguridad y Salud Ocupacional

Es obligación de todo empleador la conformación del Comité de Seguridad y Salud Ocupacional, de acuerdo a lo establecido en la Ley General de Prevención de Riesgos en los Lugares de Trabajo y en este reglamento, siempre y cuando:

  • a) El lugar de trabajo cuente con quince o más trabajadores; y,
  • b) Aquellos lugares de trabajo con menos de quince trabajadores, pero que a juicio de la Dirección General de Previsión Social, se considere necesario.

ARTÍCULO 13 – LEY GENERAL DE PREVENCIÓN DE RIESGOS EN LOS LUGARES DE TRABAJO

Tarifas de los servicios:

💼 $100.00 – Trámite para la acreditación del Comité de Seguridad y Salud Ocupacional (CSSO).
📄 $100.00 – Solicitud de constancia de capacitación para integrar el CSSO.

¿Necesita ayuda? Comuníquese con nosotros:

📞 2529-3998
📞 2529-3999

Formas de Pago:

🏢 Oficina Central: Si la compañía desea realizar el pago en oficina central, deberá hacerlo con cheque certificado a favor de DIRECCIÓN GENERAL DE TESORERÍA, o puede hacerlo en efectivo en la Pagaduría Institucional. Debe indicar el tipo de comprobante fiscal.

💵 Pago en Efectivo: También puede realizar el pago en efectivo. Siga las indicaciones anteriores según corresponda a la oficina donde realice el trámite.

Por lo que es importante realizar los procedimientos que a continuación se detallan:


Conformación del Comité de Seguridad y Salud Ocupacional

Carta dirigida a la Dirección General de Previsión Social
  1. Dirigida a la Directora en San Salvador, o al Jefe en departamentos.
  2. Marcar con X si es Comité nuevo.
  3. Incluir razón social y sucursal/proyecto si aplica.
  4. Ubicación del lugar de trabajo.
  5. Detalle de trabajadores: cantidad, hombres y mujeres.
  6. Actividad económica.
  7. Contacto (nombre, teléfono, correo).
  8. Firma, sello, DUI y cargo del Representante Legal.
  9. Legalización si es presentado por un tercero.
Anexo 1: Acta del proceso de elección de representantes de las personas trabajadoras
  1. Indicar fecha, metodología y asistencia (mínimo 50% + 1).
  2. Adjuntar listado con nombre, DUI y firma.
  3. Colocar representación según rango de trabajadores:
Cantidad de Trabajadores Miembros CSSO Patronal Trabajadores Delegados
15 a 494221
50 a 996332
100 a 4998443
500 a 99910554
1000 a 200012665
2000 a 300114776
3000 en adelante16887
Anexo 2: Nota o acuerdo de designación del o los representantes del empleador y/o delegado(s)
  1. Fecha del documento.
  2. Colocar los representantes patronales designados.
  3. Indicar cantidad de delegados.
  4. Firma y sello del Representante Legal.
  5. Incluir representación de trabajadores según tabla.
Cantidad de Trabajadores Miembros CSSO Patronal Trabajadores Delegados
15 a 494221
50 a 996332
100 a 4998443
500 a 99910554
1000 a 200012665
2000 a 300114776
3000 en adelante16887
Anexo 3: Nota de designación del representante del Sindicato mayoritario
  1. Colocar nombre del sindicato con más afiliados.
  2. Nombre y DUI del representante sindical.
  3. Firma y sello del Secretario General.
  4. Si no hay sindicato, que conste en nota del Representante Legal.
Anexo 4: Acta de constitución del Comité de Seguridad y Salud Ocupacional
  1. Fecha, razón social, tipo de entidad, sucursal o proyecto.
  2. Detalle de personal por género.
  3. Listado de miembros con nombre, DUI, cargo y representación (RP, D, RT).
  4. Firma, sello y teléfono del Representante Legal.

LISTA DE REVISIÓN (CHECKLIST)

  1. El empleador procede a la revisión de la documentación y requisitos, a través de una lista de revisión (CheckList); si cumple con lo solicitado en dicho formulario, procederá a presentar toda la documentación a la Sección de Prevención de Riesgos Ocupacionales, para que el Técnico Educador realice la revisión. De haber observaciones para corrección, se devolverá la documentación; caso contrario, se recepciona y posteriormente se le notificará la fecha de capacitación.
  2. La notificación de la fecha de capacitación se hace a través del correo electrónico que el empleador suscribió en la carta dirigida a la Dirección General de Previsión Social.
  3. La notificación contiene un link de la sala virtual de la plataforma en que se desarrollarán las 2 jornadas de 4 horas en las fechas y horas agendadas.
  4. Los miembros del comité deberán registrar su participación en la capacitación en las fechas agendadas, a través del formulario que se enviará en el chat de la sala virtual. Este registro hará constar la participación de los miembros del comité SSO de la empresa.
  5. Una vez verificado el registro y participación de los miembros del comité SSO en las 2 jornadas de capacitación, se procederá a la elaboración de las acreditaciones.
  6. Se notificará a través del correo electrónico y por la vía telefónica la emisión de la acreditación y que proceda al retiro de las mismas.