Objetivos del Servicio
Facilitar y determinar la forma del pago diferido por renuncia voluntaria a la patronal cuando cumpla los requisitos que la misma Ley establece.
Entidad / Persona beneficiada
Trabajadoras/trabajadores- Empleadores.
Emisor
Sección de Resolución Conflictos Colectivos, Económicos o de Intereses.
Número Telefónico
2529-3820 / 2529-3821
Ubicación
Alameda Juan Pablo II y 17 Av. Norte. Edificio 2, Centro de Gobierno, San Salvador.
Horario de Atención
De 7:30 a.m. a 15:30 p.m. (Sin cerrar al mediodía).
Base Legal
Artículo 13. Ley Reguladora de la Prestación Económica por Renuncia Voluntaria.
Requerimientos
• Escrito dirigido al Director General de Trabajo, firmado por representante legal de la sociedad o apoderado en su caso, en el cual se debe de establecer el lugar, número telefónico y correo electrónico para oír notificaciones, así como también los números telefónicos y correos electrónicos de todos los trabajadores a los que se les han recibido el preaviso y la renuncia.
• Escritura de constitución de sociedad, credencial de junta directiva / administrador único vigente o poder.
• Fotocopia de DUI de los trabajadores renunciantes.
• Hojas de liquidación laboral de los trabajadores, emitidos por el Ministerio de Trabajo y Previsión Social (Calculo).
• Pre aviso de los trabajadores.
• Renuncia en hojas del MTPS, acta notarial o acta emitida por juzgado.
• Planilla del ISSS.
• Balance de la empresa, o estado de flujo de efectivo; así como cualquier otra documentación o información que compruebe la capacidad económica de la empresa ( la más actualizada).
• Comprante de pago realizado.
Tiempo de Respuesta
20 días hábiles.
Documentos a emitir
Autos, resoluciones y oficios relacionados con todo el trámite de autorización de pagos diferidos por renuncias múltiples.
Costo del servicio
$100.00 USD.