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 Recepción de Contratos Individuales de Trabajo
Objetivos del Servicio
Recibir y revisar que los Contratos Individuales de Trabajo presentados sean celebrados y elaborados de acuerdo a los requisitos que establece la Ley.
Entidad / Persona beneficiada
Personas trabajadoras y empleadoras.
Procedimiento
- Todo empleador, ya sea persona natural o jurídica debe registrarse en el sistema
 oportunidades empresas de este Ministerio, siguiendo el siguiente enlace:
 Programa Oportunidades – Registro de Empresas
- Una vez registrado en dicho sistema deberá, cada empleador ingresar en el
 Programa Oportunidades – Registro de Empresas, la información atinente a cada
 uno de sus trabajadores de manera digital respecto a los contratos individuales,
 cabe mencionar que esta información deberá ingresarse en su totalidad por una
 única vez, posterior a ello, deberá ingresar solamente la información relativa a los
 nuevos empleados que el empleador contrate, es decir, los nuevos contratos
 individuales de trabajo que suscriba, así como las modificaciones o prórrogas
 realizadas a cada contrato individual de trabajo.
- Los Contratos Individuales de Trabajo deberán subirse escaneados en archivo
 PDF a colores.
- El empleador deberá informar al correo electrónico: [email protected],
 sobre la remisión de los contratos individuales de trabajo, detallando los
 nombres de los trabajadores, departamento del país en el que se encuentra
 destacado, nombre del empleador, DUI, o NIT de la empresa.
- La Secretaría de la Dirección General de Trabajo, o las Oficinas Departamentales,
 revisarán el contenido de cada uno de los Contratos Individuales subidos al
 Sistema y verificará que estén conformes a la Normativa Laboral, de no ser así
 hará una prevención para que el Contrato se adecúe a los requisitos legales y una
 vez subsanada dicha prevención se entregará acuse de recibo.
Emisor
Secretaría de la Dirección General de Trabajo
Correo Electrónico
 [email protected]Número Telefónico
 2529-3827 / 
2529-3873Ubicación
Oficina Central:
Alameda Juan Pablo II y 17 Av. Norte. Edificio 2, Centro de Gobierno, San Salvador.
Y en las 13 Oficinas Departamentales a nivel nacional.
Horario de Atención
De 7:30 a.m. a 15:30 p.m. (Sin cerrar al mediodía)
Base Legal
Artículos 18, 19, 97, 98, 99 y 101 de la Ley de Procedimientos Administrativos.
Artículo 18 del Código de Trabajo.
Requerimientos
Tiempo de Respuesta
20 días hábiles máximo, de acuerdo al Art. 89 de la Ley de Procedimientos Administrativos
Documentos a emitir
Acuse de recibo / Observaciones
Puede descargar aquí el documento “modelo de contrato individual de trabajo”