Descripción del Servicio
La Constancia de Autorización de Reexportación de Maquinaria y Traslado tiene como propósito fundamental verificar el cumplimiento de las disposiciones legales laborales aplicables, previo a la autorización para el traslado o reexportación de bienes, maquinaria o equipo amparados bajo el régimen especial contemplado en la Ley de Zonas Francas y de Comercialización de El Salvador.
Asimismo, la constancia contribuye a prevenir eventuales afectaciones al personal vinculado a las operaciones productivas o logísticas de la empresa, asegurando que el proceso de reexportación o traslado de activos no se utilice como mecanismo para evadir responsabilidades patronales ni para alterar, de forma irregular, las relaciones laborales vigentes, así como la determinación que el traslado o reexportación de las máquinas no implique desplazamiento de mano de obra.
Entidad / Persona beneficiada
Parte Empleadora/Trabajadores/as
Procedimiento
PASO 1: PAGO DE LOS SERVICIOS:
Para la prestación del servicio y la emisión de la constancia de autorización para la reexportación o traslado de maquinaria, el interesado deberá realizar el pago de setecientos dólares de los Estados Unidos de América ($700.00), conforme a lo establecido en el Acuerdo Ejecutivo en el Ramo de Hacienda No. 370, de fecha 27 de febrero de 2023, publicado en el Diario Oficial número 56, Tomo 438, de fecha 21 de marzo de 2023, y modificación según acuerdo No. 2158 publicado en el Diario Oficial al número 214, tomo 449, de fecha doce de noviembre de dos mil veinticinco.
En consecuencia, el usuario tiene la opción de solicitar el mandamiento de pago, para tal fin, de las siguientes maneras:
PASO 2: PRESENTACION DE LA SOLICITUD
La solicitud de la emisión de la constancia deberá presentarse en las oficinas de la Dirección General de Inspección de Trabajo.
La solicitud deberá contener:
PASO 3: INSPECCIÓN DE TRABAJO
Se programa una inspección de trabajo en el centro laboral correspondiente, a efecto de constatar el respeto a la normativa aplicable. Dicha actuación se realiza conforme al procedimiento legal establecido en la Ley de Organización y Funciones del Sector Trabajo y Previsión Social, así como en las leyes laborales pertinentes.
PASO 4: CONSTANCIAS/SOLVENCIAS
Internamente y para determinar que el empleador requirente no posee procesos pendientes de solventar ante el Ministerio de Trabajo y Previsión Social (MTPS), se efectúan consultas a la Dirección General de Trabajo, la Dirección General de Previsión Social y la Dirección General de Inspección de Trabajo, documentos en los cuales no deben de no existir trámites u obligaciones pendientes de cumplir.
PASO 5: EMISION DE CONSTANCIA DE AUTORIZACIÓN DE REEXPORTACIÓN DE
MAQUINARIA Y TRASLADO
Una vez verificado el cumplimiento de derechos y obligaciones laborales y que no posea el empleador trámites pendientes en el MTPS, se procede a emitir la Constancia de Autorización de Reexportación de Maquinaria y Traslado.
PASO 6: MODO DE NOTIFICACIÓN Y ENTREGA.
De conformidad al medio electrónico fijado para realizar las notificaciones se cumplirán las reglas establecidas por el artículo 98 de la Ley de Procedimientos Administrativos, respecto de la comunicación al empleador de su solicitud.
De igual manera se efectúa la notificación al Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Aduanas
Emisor
Dirección General de Inspección de Trabajo.
Correo Electrónico
[email protected]Número Telefónico
Oficinas Centrales: 2529-3807/Call Center 130Ubicación
Oficina Central: Edificio dos 2° nivel puerta 4, Plan Maestro.
Horario de Atención
De 7:30 a.m. a 12:30 m. y 1:10 p.m. a 3:30 p.m.
Base Legal
Artículo 12 del Código de Trabajo; Artículos 5 y 8 Literal E) de la Ley de Organizaciones y Funciones del Sector Trabajo y Previsión Social; Artículos 3 Literal B) y 29 Literales A), B) y C) de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización.
Requerimientos
-Presentar escrito con firma autenticada.
-Presentar declaración jurada de la propiedad de la maquinaria.
-Fotocopia certificada de documentos de acreditación de solicitante Solvencias ISSS / IPSFA / CRECER y CONFIA.
-Fotocopia certificada de Tarjeta de IVA de la sociedad o de la persona natural.
-Fotocopia de listado de maquinaria que contenga: marca, modelo y serie de cada una. (en cuadruplicado)
Tiempo de Respuesta
15 días hábiles.
Documentos a emitir
Constancia de Autorización de reexportación dé maquinaria y traslado.