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Reexportación de Maquinaria

Descripción del Servicio

Este servicio tiene por objeto dar el visto bueno para que el solicitante pueda seguir el trámite de rexportación y/o traslado de maquinaria ante la Dirección General de Aduanas; dicho servicio se brinda de manera permanente en la oficina central de la Dirección General de Inspección de Trabajo ubicada en Alameda Juan Pablo II y 17 Av. Norte Edificio 2, Plan Maestro Centro de Gobierno. San Salvador.

Entidad / Persona beneficiada

Parte Empleadora.

Procedimiento

PASO 1: PAGO DE LOS SERVICIOS:
De conformidad con el Acuerdo Ministerial No. 370 de fecha 21 de marzo de 2023, se ha determinado el pago de quinientos dólares de los Estados Unidos de América ($500) por la prestación del servicio.
Los pagos se pueden realizar de las siguientes maneras:

  1. Presencialmente en la colecturía instalada en la Oficina de la Unidad Financiera
    Institucional.

PASO 2: PRESENTACION DE LA SOLICITUD
La solicitud de la emisión de la constancia deberá presentarse en las oficinas de la Dirección General de Inspección de Trabajo.
La solicitud deberá contener:

  1. El órgano o funcionario a quien se dirige;
  2. El nombre y generales del interesado, domicilio, lugar o medio técnico, sea electrónico, magnético o cualquier otro, señalado para notificaciones y, en su caso, el nombre y generales del representante legal;
  3. El nombre y generales de los terceros interesados, domicilio y el lugar donde pueden ser notificados, si fueren de su conocimiento;
  4. Los hechos y razones en que se fundamenta la petición, debiendo establecer:
    1. Dirección exacta de hacia donde se realizará el traslado/reexportación;
    2. Lugar donde se encuentran las máquinas y poder establecerlo en la orden de inspección; y
    3. Detallar características específicas de las máquinas: marca, modelo y serie;
  5. La petición en términos precisos;
  6. La firma (AUTENTICADO) del interesado o de su representante; y
  7. Lugar y fecha.

Documentos que debe anexar a la solicitud para brindar el servicio

  1. Fotocopia certificada de Documento Único de Identidad/ Pasaporte/ Carnet de Residencia del solicitante;
  2. Copia certificada por Notario de Poder General Administrativo, Mercantil y Judicial con Cláusulas especiales;
  3. Fotocopia certificada de Tarjeta de Identificación Tributaria de la sociedad o persona natural;
  4. Copia Certificada por Notario de Testimonio de Escritura Pública de Constitución o Modificación al Pacto Social (Según sea el caso);
  5. Fotocopia certificada por Notario de Credencial de Junta Directiva o Administrador único;
  6. Declaración de mercancía de las máquinas; y
  7. Solvencias dadas por: instituto salvadoreño del Seguro Social, AFP´S (Crecer y Confía) e IPSFA.

PASO 3: RETIRO DE RESOLUCIÓN DE VISTO BUENO
Retiro de la resolución de visto bueno en las Oficinas de la Dirección General de Inspección de Trabajo, para efectos de seguir el trámite de reexportación o traslado de maquinaria ante la Dirección General de Aduanas por parte del interesado.

Emisor

Dirección General de Inspección de Trabajo.

Correo Electrónico

servicios.dgit@mtps.gob.sv

Número Telefónico

Oficinas Centrales: 2529-3807/Call Center 130

Ubicación

Oficina Central: Edificio dos 2° nivel puerta 4, Plan Maestro.

Horario de Atención

De 7:30 a.m. a 12:30 m. y 1:10 p.m. a 3:30 p.m.

Base Legal

Artículo 12 del Código de Trabajo; Artículos 5 y 8 Literal E) de la Ley de Organizaciones y Funciones del Sector Trabajo y Previsión Social; Artículos 3 Literal B) y 29 Literales A), B) y C) de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización

Requerimientos

  1. Presentar escrito con firma certificada.
  2. Presentar declaración jurada de la propiedad de la maquinaria y el detalle de la misma.
  3. Fotocopia certificada de la constitución de la sociedad o documento de la persona natural.
  4. Solvencias ISSS / IPSFA / CRECER y CONFIA
  5. NIT de la sociedad o de la persona natural.
  6. Credencial de represéntate legal de la sociedad.

Tiempo de Respuesta

9 meses

Documentos a emitir

Resolución de visto bueno para seguir trámite de reexportación o traslado de maquinaria, ante la Dirección General de Aduanas.

Publicado el 16-10-2020.