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SOLICITUD DE INTERVENCION CONCILIATORIA COLECTIVA (DOS O MÁS PERSONAS, SINDICATOS)

Objetivos del Servicio

Facilitar por medio de la intervención Conciliatoria, el diálogo para que las partes involucradas encuentren soluciones que beneficien a ambas partes.

Entidad / Persona beneficiada

Trabajadoras/trabajadores- Empleadores. Sindicato-Patronal.

Emisor

Sección de Resolución Conflictos Colectivos, Económicos o de Intereses.

Número Telefónico

2529-3820

Ubicación

Alameda Juan Pablo II y 17 Av. Norte. Edificio 2, Centro de Gobierno, San Salvador.

Horario de Atención

De 7:30 a.m. a 15:30 p.m. (Sin cerrar al mediodía).

Base Legal

Ley de organización y funciones del sector trabajo y previsión social (artículo 22 literal e al artículo 32).

Requerimientos

  • Documento Único de Identidad del solicitante (parte trabajadora o empleadora).
  • Credencial Vigente de Representante Judicial y Extrajudicial Sindical o poder (original y copia).
  • Credencial Vigente de Representante Judicial y Extrajudicial de la Sociedad o Poder (original y copia.)
  • Requerimiento de las personas trabajadores para que el Sindicato las represente (en caso aplique).
  • La solicitud puede ser verbal o escrita, en el caso de ser escrita deberá dirigirla al Director General de Trabajo o a las jefaturas Departamentales y Regionales según distribución territorial.
  • Dirección de la parte que solicita citar a conciliación (no obligatorio).

Tiempo de Respuesta

20 días hábiles.

Documentos a emitir

Solicitud, Autos y actas del trámite de intervención conciliatoria.

Publicado el 09-01-2026.