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SOLICITUD DE INTERVENCION CONCILIATORIA COLECTIVA (DOS O MÁS PERSONAS, SINDICATOS)
Objetivos del Servicio
Facilitar por medio de la intervención Conciliatoria, el diálogo para que las partes involucradas encuentren soluciones que beneficien a ambas partes.
Entidad / Persona beneficiada
Trabajadoras/trabajadores- Empleadores. Sindicato-Patronal.
Emisor
Sección de Resolución Conflictos Colectivos, Económicos o de Intereses.
Número Telefónico
2529-3820
Ubicación
Alameda Juan Pablo II y 17 Av. Norte. Edificio 2, Centro de Gobierno, San Salvador.
Horario de Atención
De 7:30 a.m. a 15:30 p.m. (Sin cerrar al mediodía).
Base Legal
Ley de organización y funciones del sector trabajo y previsión social (artículo 22 literal e al artículo 32).
Requerimientos
- Documento Único de Identidad del solicitante (parte trabajadora o empleadora).
- Credencial Vigente de Representante Judicial y Extrajudicial Sindical o poder (original y copia).
- Credencial Vigente de Representante Judicial y Extrajudicial de la Sociedad o Poder (original y copia.)
- Requerimiento de las personas trabajadores para que el Sindicato las represente (en caso aplique).
- La solicitud puede ser verbal o escrita, en el caso de ser escrita deberá dirigirla al Director General de Trabajo o a las jefaturas Departamentales y Regionales según distribución territorial.
- Dirección de la parte que solicita citar a conciliación (no obligatorio).
Tiempo de Respuesta
20 días hábiles.
Documentos a emitir
Solicitud, Autos y actas del trámite de intervención conciliatoria.