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Solicitud de Intervención Conciliatoria por Conflictos Individuales
Objetivos del Servicio
Facilitar espacios de diálogo entre trabajadores y empleadores con la finalidad de solucionar conflictos o diferencias individuales de trabajo”
Entidad / Persona beneficiada
Personas trabajadoras y empleadoras.
Procedimiento
- Entrevista del Solicitante.
- Se solicita DUI, pasaporte o Carnet de residente, según sea el caso.
- Se explica el proceso, y se verifica si la persona solicitante ha realizado los pasos correctos para dar inicio con el proceso.
- Se procede a la elaboración de la solicitud, señalando día y hora para la cita.
- La parte trabajadora se da por notificada en el mismo acto.
- Se le manda a notificar a la parte patronal la solicitud.
- Llegado el día de la primera cita establecida en la solicitud, si están presentes ambas partes se procede a la celebración de la audiencia conciliatoria, si no se presenta ninguna de las partes o solamente una de ellas se deja pendiente la celebración de la conciliación para la segunda cita señalada y si en la fecha de la segunda cita no comparece el empleador se remite el expediente a trámite sancionatorio de conformidad a la Ley.
- La persona trabajadora puede desistir por escrito de su trámite en cualquier momento
- hasta antes de la fecha de la segunda cita.
- Si la parte patronal no comparece a la cita, siempre se le mandará a notificar la decisión de la persona trabajadora de renunciar voluntariamente a su trabajo.
Emisor
Sección de Relaciones Individuales de Trabajo.
Número Telefónico
2529-3822 /
2529-3823Ubicación
Alameda Juan Pablo II y 17 Av. Norte. Edificio 2, Centro de Gobierno, San Salvador
Horario de Atención
De 7:30 a.m. a 15:30 p.m. (Sin cerrar al mediodía)
Base Legal
Ley reguladora de la prestación económica por renuncia voluntaria.
Requerimientos
- Documento Único de Identidad (DUI).
- Nombre de la parte empleadora.
- Dirección del Lugar de Trabajo.
Tiempo de Respuesta
Máximo 15 días hábiles
Documentos a emitir
Acta de solicitud de conciliación, actas de primera y/o segunda cita conciliación, acta de desistimiento, actas de pago en caso se llegue a un acuerdo económico.