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MTPS e ISDEMU desarrollan Foro “La Visión del Ministerio en la Prevención de la Violencia Laboral”.

El Ministerio de Trabajo y Previsión Social junto al ISDEMU, desarrollaron el foro “La Visión del Ministerio en la Prevención de la Violencia Laboral” en el marco de la conmemoración del 25 de noviembre, “Día Nacional e Internacional de la Eliminación de la Violencia Contra la Mujer”.

El acto fue presidido por la Viceministra de Trabajo, Licda. Maritza Calderón, quien manifestó “esta Cartera de Estado, a través de su Titular Rolando Castro, ha tenido a bien conmemorar este día de una forma distinta. Nosotros queremos hacer las cosas de forma diferente, ya no es tiempo de sólo retórica o informes, necesitamos acciones a favor de las mujeres”.

Es importante mencionar la reforma al Código de Trabajo, abogando por la estabilidad laboral de las mujeres, en la aplicación de los estatutos y licencias a la Ley de Servicio Civil y a la Ley de Asuetos, Vacaciones, con el propósito de garantizar 6 meses de estabilidad laboral a las mujeres trabajadoras luego de su licencia posnatal, establecida en el artículo 29 de la referida ley.

Como Ministerio de Trabajo se desarrollan permanentemente planes de inspección dirigidos a la mujer trabajadora tales como: 

  • Ley de Promoción, Protección y Apoyo a Lactancia Materna, verificar que se cuente con un espacio privado denominado “lactario” para la extracción de leche materna, exclusivo para aquellas madres trabajadoras que recién están alimentando a sus hijos/as recién nacidos
  • Ley General de Prevención de Riesgos en los Lugares de Trabajo en su Art.8 dice: “es responsabilidad del empleador es formular y ejecutar el programa de gestión de prevención de riesgos ocupacionales en sus empresas, que debe contar, entre otras cosas, una formulación preventiva y de sensibilización sobre violencia hacia las mujeres, acoso sexual y demás riesgos psicosociales”; (art. 276) que menciona sobre los aspectos generales de medidas a adoptar sobre los riesgos psicosociales.
  • La Ley Especial Integral para una vida libre de violencia para las mujeres (LEIV), art. 24 indica responsabilidades del ministerio de trabajo y previsión social. El Estado, a través del ministerio de trabajo y previsión social, tanto en el sector público como en el privado, garantizará:

En casos que las mujeres se encuentren en ciclos de violencia y procesos de denuncias, si así lo solicitaren, se gestionará con el empleador la reubicación temporal o permanente de su lugar de trabajo, en el caso de las empresas de las empresas que tienen sucursales, así como, la reorganización de sus horarios, en los términos que se determinen en los convenios laborales, tratados laborales, y legislación vigente.

Publicado el 19-11-2019.