Procedimiento de Tramites para Oficina Central – San Salvador
La organización de la Seguridad y Salud Ocupacional dentro de los lugares de trabajo constituye un componente esencial para garantizar entornos laborales seguros, saludables y en cumplimiento con la legislación vigente.
Esta sección le permitirá conocer y acceder a los elementos principales que conforman dicha organización, los cuales son:
Programa de Gestión de Prevención de Riesgos Ocupacionales (PRO): Instrumento técnico que permite planificar, implementar y dar seguimiento a las acciones para la prevención de riesgos laborales.
ARTÍCULO 8 (LEY GENERAL DE PREVENCIÓN DE RIESGOS EN LOS LUGARES DE TRABAJO)Será responsabilidad del empleador formular y ejecutar el Programa de Gestión de Prevención de Riesgos Ocupacionales de su empresa, de acuerdo a su actividad y asignar los recursos necesarios para su ejecución.
Ver Programa de Gestión PROEn aquellas empresas en las que laboren menos de quince trabajadores o trabajadoras, el empleador tiene la obligación de contar con un Programa de Gestión de Prevención de Riesgos Ocupacionales; sin embargo, esta obligación podrá sustituirse por medidas establecidas por el Ministerio de Trabajo y Previsión Social.
Ver Medidas SustitutivasSi la empresa tiene mas de 15 empleados
Comité de Seguridad y Salud Ocupacional