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Cancelación de Contratos Colectivos de Trabajo

Objetivos del Servicio

Cancelar los Contratos Colectivos de Trabajo.

Entidad / Persona beneficiada

Personas trabajadoras y empleadoras.

Procedimiento

  1. Estudio de la documentación presentada, consiste en verificar que dicha documentación cumpla con los requisitos establecidos.
  2. Elaboración de la resolución que ordena la cancelación del Contrato Colectivo de Trabajo.
  3. Se procede a emitir la resolución mediante la cual se ordena la cancelación del mismo.
  4. Cancelación del asiento de inscripción del contrato colectivo.

Emisor

Departamento Nacional de Organizaciones Sociales

Correo Electrónico

servicios.dgt@mtps.gob.sv

Número Telefónico

2529-3810 / 2529-3811

Ubicación

Alameda Juan Pablo II y 17 Av. Norte. Edificio 2, Centro de Gobierno, San Salvador

Horario de Atención

De 7:30 a.m. a 12:30 m. y 13:10 p.m. a 15:30 p.m.

Base Legal

  1. Artículos 283- 285 del Código de Trabajo

Requerimientos

  1. Cualquiera de las partes deberá dar aviso a este Departamento para la cancelación del respectivo Contrato Colectivo de Trabajo en el registro que para tal efecto lleva el Departamento, debiendo legitimar la personería con la que actúan.
  2. Presentar con la solicitud los comprobantes o documentos, que justifiquen la terminación del contrato, de conformidad con la causal aducida con base en el artículo 283 del Código de Trabajo.

Tiempo de Respuesta

5 días hábiles, y dependerá del cumplimiento o no de los requisitos señalados.

Documentos a emitir

Resolución que cancela el contrato colectivo.

Publicado el 26-10-2020.