DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
Servicio por medio del cual, el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, a solicitud de parte interesada, verifica en los diferentes registros que para tal efecto lleva, la existencia de trámites y/o diligencias sobre el cumplimiento de normativa laboral que se encuentren aperturados, producto de lo cual, emite una constancia de carencia de tramites o diligencias pendientes, o una constancia de tramites o diligencias pendientes.
Este servicio se brinda de manera permanente en la oficina central por la Dirección General de Inspección de Trabajo, ubicada en Alameda Juan Pablo II y 17 Av. Norte, Edificio 2, Plan Maestro, Centro de Gobierno, San Salvador.
Plazo para la emisión de la solvencia: 15 días hábiles.
Pasos para la prestación del servicio
PASO 1: PAGO DE LOS SERVICIOS:
De conformidad con el Acuerdo Ministerial No. 370 de fecha 21 de marzo de 2023, se ha
determinado el pago de quinientos dólares de los Estados Unidos de América ($500) por
la prestación del servicio.
Los pagos se pueden realizar de las siguientes maneras:
PASO 2: PRESENTAR LA SOLICITUD DEL SERVICIO
La solicitud de la emisión de la constancia deberá presentarse en las oficinas de la Dirección General de Inspección de Trabajo.
Que debe de contener la solicitud:
A. Lugar y fecha.
B. Generales de la persona solicitante:
C. Exposición de los hechos. Lugar o institución en la que se presentará y el proceso (Licitación Pública, Libre Gestión, etc.).
D. Petición de la constancia y/o solvencia.
E. Lugar y medios para recibir notificaciones
F. Persona o personas comisionadas para retirar el documento
Los hechos y razones en que se fundamenta la petición:
Se realiza la solicitud de Constancia de cumplimiento de normativa laboral vigente, que no cuenta con procesos administrativos pendientes o diligencias en proceso en el Ministerio de Trabajo y Previsión Social.
Lo anterior de conformidad al artículo 71 de la Ley de Procedimientos Administrativos.
Documentos a presentar para brindar el servicio
Acompañando la solicitud de constancia y/o solvencia, deberá de presentarse la siguiente documentación:
PASO 3: RETIRO DE LA CONSTANCIA Y/O SOLVENCIA
Retiro del documento en las Oficinas de la Dirección General de Inspección de Trabajo, por la persona requirente y personas autorizadas para poder retirar.