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Sustitución Patronal
Objetivos del Servicio
Dar aviso a las personas trabajadoras del patrono sustituido, por medio de la Dirección General de
Inspección de Trabajo.
Entidad / Persona beneficiada
Parte Trabajadora.
Procedimiento
- Presentar escrito al Director General de Inspección de Trabajo donde solicita dar aviso de
sustitución patronal a los trabajadores - Se practica diligencia de inspección de trabajo, levantando acta de inspección hace constar
el aviso de sustitución patronal a los trabajadores en el lugar de trabajo. - Se emite resolución donde se hace constar que se efectuó el aviso solicitado.
Emisor
Dirección General de Inspección de Trabajo.
Correo Electrónico
[email protected]Número Telefónico
Oficinas Centrales:
2529-3807 /
2529-3844Ubicación
Oficinas Centrales, ubicadas en Plan Maestro, Centro de Gobierno, 17 Av. Norte y Alameda Juan
Pablo II, Edifico 3, San Salvador.
Horario de Atención
De 7:30 a.m. a 12:30 m. y 1:10 p.m. a 3:30 p.m.
Base Legal
Articulo 6 Código de Trabajo.
Requerimientos
- “Presentar escrito dirigido al Director General de Inspección de Trabajo, (con los
requerimientos establecidos en el artículo 71 de la Ley de Procedimientos
Administrativos)
a. Agregando las generales de los trabajadores y trabajadoras
involucrados, así como la ubicación precisa del centro de trabajo donde
ellos desempeñan sus funciones. - Agregar fotocopias certificada de documentos de acreditación de solicitante/s; medio electrónico y físico para recibir notificaciones.
- Contratos individuales de trabajo; de no cumplir con la obligación establecida en el artículo 18 del Código de Trabajo, respecto a la remisión del tercer ejemplar a la Dirección General de Trabajo de esta Institución, anexar ejemplar de contrato Individual de Trabajo de trabajadores o trabajadoras involucradas en la Sustitución patronal.
Tiempo de Respuesta
9 meses
Documentos a emitir
Resolución donde se hace constar que se efectuó el aviso solicitado.