El Ministerio de Trabajo y Previsión Social, con base en el mandato del Presidente de la República, Nayib Bukele y en cumplimiento de las medidas decretadas por el Estado de Emergencia Nacional, de Calamidad y Desastre Natural, a raíz de la pandemia del COVID-19 y de conformidad al Decreto Legislativo No. 593, recuerda:
Que para prevenir contagios en los lugares de trabajo, incluyendo los tres órganos de Estado, deben ser enviados a sus casas trabajadores mayores de 60 años, mujeres embarazadas, personas con enfermedades renales crónicas, cáncer activo en todas sus formas, inmunodeprimidos, Lupus Eritematoso Sistémico, Virus de Inmunodeficiencia Humana, Tuberculosis , Bronquitis Crónica, Insuficiencia Cardiaca, Diabetes Mellitus descompensada o cualquier otra enfermedad crónica que no haya sido anunciada, siempre y cuando sea debidamente certificada por cualquiera de las instituciones el sistema de salud del país. Es importante mencionar que cada titular de cartera de Estado y autónoma definirá el proceso a seguir en cuanto a la delimitación de otros padecimientos que podrían ser incluidos.
Esta Cartera de Estado recuerda que la medida debe ser aplicada en el Órgano Ejecutivo, Legislativo, Judicial, alcaldías, y autónomas, exceptuando los equipos de salud, PNC y Ministerio de Defensa. Esta medida de prevención se ha establecido para el control y actuación ante la emergencia, por lo que el empleador está obligado sin excepción alguna a acatar este mandato y en caso de incumplimiento se aplicará todo el peso de la Ley.
El Ministerio de Trabajo está verificando el estricto cumplimiento de estas medidas de salud, y en caso de no ser acatadas aplicará las multas correspondientes.
Para denuncias, el Ministerio de Trabajo y su ministro ponen a disposición de la población: