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¿Cuántas horas debo trabajar al día?

Lo que legalmente conocemos como jornada laboral, es el tiempo que conforma el día o la semana de trabajo, ahora bien luego de conocer dicho término, es importante que sepamos que la jornada laboral está conformada por 8 horas en el día (diurna) o 7 horas en la noche (nocturna) por lo que a la semana se debe trabajar un total de 44 horas diurna o 39 nocturnas.

También es importante conocer que la jornada diurna inicia a las 06:00 de la mañana y termina a las 07:00 de la noche y la jornada nocturna inicia a las 07:00 de la noche y termina a las 06:00 de la mañana.

Artículo 161 Código de Trabajo.

Existen dos excepciones a la jornada laboral, antes mencionada:

  1. Labores peligrosas o insalubre, la cual está conformada por 07 horas en el día (diurnas) y 06 horas en la noche (nocturnas) completando a la semana 39 horas diurnas o 36 nocturnas. Articulo 162 Código de Trabajo.
  2. Labores realizadas por menores, en este caso la jornada estará conformada por 06 horas diurnas completando semanalmente 34 horas, además los menores no podrán laborar en jornada nocturna. Articulo 116 Código de Trabajo.
Publicado el 26-10-2020.