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Calificación de labores propias de la agricultura, la ganadería u otras íntimamente relacionadas con ésta

Objetivos del Servicio

Calificar las labores que realiza la parte trabajadora en el sector agropecuario.

Entidad / Persona beneficiada

Parte Empleadora.

Procedimiento

  1. Presentar escrito a la o al Director General de Inspección de Trabajo, por medio del cual se solicitará, la calificación de las labores agrícolas de la parte trabajadora;
  2. Se realiza una inspección Especial en el centro de trabajo y se entrevista al trabajador para determinar sí sus funciones son agrícolas o no, y posteriormente se remite informe al Director General de Inspección de Trabajo para determinar la Calificación de la labor.
  3. Se le notifica a la parte solicitante, la resolución final del expediente.

Emisor

Dirección General de Inspección de Trabajo.

Correo Electrónico

[email protected]

Número Telefónico

Oficinas Centrales: 2529-3807 o Call Center 130

Ubicación

Oficina Central: Edificio dos 2° nivel puerta 4, Plan Maestro.

Horario de Atención

De 7:30 a.m. a 12:30 m. y 1:10 p.m. a 3:30 p.m.

Base Legal

Articulo 103 Código de Trabajo.

Requerimientos

-Presentar a la o al Director General de Inspección de Trabajo, escrito solicitando la calificación de las labores de la parte trabajadora del sector agropecuario.

-Fotocopias certificadas de documentos de acreditación de solicitante.

Tiempo de Respuesta

20 días hábiles.

Documentos a emitir

Resolución de Calificación de labores emitida por el Director General de Inspección de Trabajo

Comentarios

Este trámite puede ser solicitado, por cualquier persona interesada.

Publicado el 11-07-2025.